Durante la semana se generó una fuerte polémica luego de que el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, compartiera historias de Instagram sobre el “Operativo Especial Orden y Limpieza”, en el que se mostró el desalojo de personas en situación de calle que ocupaban el espacio público.
Varios funcionarios del PRO salieron a cruzar al actual jefe de gobierno porteño, desde la Ciudad apelaron a un “error de comunicación” luego de borrar, unas horas después, una de las imágenes.
Por consecuencia, el Ministerio Público de la Defensa CABA realizó un pedido de informes al Gobierno porteño para que responda, de forma urgente, sobre los denominados “operativos de limpieza urbana”, que afectarían gravemente derechos constitucionales de personas en situación de calle y por la reciente puesta en funcionamiento del “Protocolo de atención a personas en situación de vulnerabilidad habitacional con padecimientos de salud mental y/o consumo problemático”.
El petitorio, que lleva la firma de la Defensora General Marcela Millan, manifiesta la «preocupación generada por la difusión por parte del GCBA de los denominados ‘operativos de limpieza urbana’, que afectarían gravemente derechos constitucionales de personas en situación de calle, y asimismo en referencia a la reciente puesta en funcionamiento del denominado ‘Protocolo de atención a personas en situación de vulnerabilidad habitacional con padecimientos de salud mental y/o consumo problemático’».
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Además, se consulta acerca de las soluciones habitacionales ofrecidas en el caso de adultos mayores y de personas con discapacidad, así como en los casos de personas no autoválidas; las derivaciones realizadas a efectores de salud mental, las medidas adoptadas para garantizar la intervención de profesionales capacitados en materia de salud mental; las políticas habitacionales y de cuidado y atención de la salud mental que se implementan hacia las personas con padecimientos mentales; y si existen instancias de articulación con el Instituto de la Vivienda de la Ciudad para dichas políticas habitacionales.
Finalmente, Millán pregunta, en referencia al protocolo citado, sobre los modos y mecanismos en que se realiza la identificación de las personas en situación de calle y el registro de tales identificaciones y sobre las actividades de capacitación realizadas con las fuerzas de seguridad a los efectos de su implementación, para que se detalle el contenido de las mismas.
En la presentación, el MPD destaca que, en su carácter de órgano constitucional de protección de derechos, tiene el deber de recordar que las acciones estatales deben realizarse con un estricto apego al sistema de protección de derechos humanos, considerando con especial atención la situación de personas y grupos en situación de vulnerabilidad social.
La Defensa Pública señala que, en especial, “debe evitarse la estigmatización de las personas en situación de calle y es necesario desarrollar políticas públicas que garanticen efectivamente el derecho a la vivienda digna, de manera que el Estado promueva soluciones de fondo a la grave problemática habitacional de la Ciudad”. Y agrega: «Del mismo modo, y en relación a las políticas de salud mental, es necesario que las mismas tengan una perspectiva integral fundada en los derechos humanos, y que los abordajes sean llevados a cabo exclusivamente por efectores de salud, con personal y profesionales idóneos y debidamente capacitados”.
“En atención al tenor de las atribuciones constitucionales de este Ministerio, y a la preocupación suscitada por las situaciones descriptas, que ha motivado diversas consultas a este MPD, se requiere contar -de manera previa a la iniciación de acciones judiciales- con la información que por medio de la presente se solicita”, concluye el pedido de informes.