Los abogados de la dirigente social jujeña Milagro Sala recurrieron el fallo que revocó la prisión domiciliaria de la líder de la Tupac Amaru. Además marcaron el profundo desconocimiento de los jueces Néstor Hugo Paoloni, Gloria María Mercedes Portal de Albisetti y Emilio Carlos Cattan que en los fundamentos confundieron a la CIDH con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Asimismo, plantearon que los jueces pasaran por alto el carácter obligatorio de las resoluciones dictadas por la CIDH tal como lo establece la Constitución Nacional, así como también la Carta de la Organización de los Estados Americanos (Carta OEA), la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y el Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Reglamento CIDH). Además, indicaron, de acuerdo a la doctrina vigente de la Corte Suprema las resoluciones de la CIDH son obligatorias.
Los abogados también informaron a la prensa que la Cámara de Apelaciones puso en juego el debido proceso legal al no haber corrido vista a la defensa del recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal y sobre el que basaron el fallo, dejando de lado todos los planteos realizados por los defensores de la dirigente.