Luego que en Chaco la Jueza de feria Marta Aucar de Trotti hiciera lugar a una medida cautelar para suspender en el territorio provincial la aplicación de la la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), la dirigencia pampeana de un espacio vinculado a exrepresores realizó una presentación ante la Justicia Federal para suspender la ley recientemente aprobada.
Se trata de la dirigencia local del partido NOS –conducido a nivel nacional por Juan José Gómez Centurión, a quien se vio este lunes en la Casa de Chaco, junto a un reducido número de manifestantes, para defender a la jueza Aucar de Trotti «de los escraches de los grupos progenicio».
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«Esto es una guerra y estamos dispuestos a pelearla», señaló Gómez Centurión en su cuenta de Twitter. En La Pampa, la presentación lleva la firma del «presidente provisorio Gonzalo Baigorria y de su apoderado Omar Adrián Cayre». El portal La Arena recordó que Cayre es el abogado que defendió al represor Luis Enrique Baraldini, exmayor de Inteligencia del Ejército en La Pampa y ex jefe de la Policía de esa provincia condenado a 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad cometidos en La Pampa durante la última dictadura cívico-militar.
En los argumentos presentados ante el Juzgado Federal de Santa Rosa, desde el Partido NOS sostuvieron que «se legaliza el aborto priorizando la voluntad de la mujer y el goce desentendido de toda responsabilidad de la sexualidad y aptitud reproductiva, sin atender a las cuestiones biológicas, éticas, morales y jurídicas subyacentes».
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A su vez, afirmaron que «el daño que se pretende conjurar es la eliminación indiscriminada de vidas de los niños concebidos no nacidos (en gestación). Por la presente demanda se reclama la declaración de certeza del ‘Derecho a la Vida’ que asiste a las personas por nacer, siendo el mismo de incidencia colectiva, porque atenta contra la vida como derecho universal y básico de los seres humanos, tanto por nuestro ordenamiento como por los tratados internacionales de derechos humanos incorporados al plexo constitucional».
«La ley 27.610 no debate sobre si la persona por nacer tiene condición de persona, o desde cuándo comienza la vida ni de las consecuencias biológicas, jurídicas, éticas y morales involucradas en el ‘aborto’. Directamente aplana al sujeto, lo ‘desaparece’, deja de lado sus derechos y procede a su eliminación a requerimiento consentido», agregaron en otro párrafo.
Por otro lado, señalaron que «la ley 27.610 adolece de una grave falla: que es relegar la nueva vida humana durante las primeras trece semanas del embarazo como una ‘cosa’ propiedad de la mujer gestante, subordinada a sus derechos privativos y, por ende, descartable a su requerimiento libre e informado. Lo acomete a través de la negación de su existencia, ausencia de consciencia y la manipulación lingüística que no se ajusta a la realidad subyacente al aborto cual es la muerte inducida intrauterina del nuevo sujeto. Nótese que todos los abordajes de la información a suministrar a la mujer gestante que hace la ley en el art. 6 no se aborda el aspecto jurídico del niño en gestación».
«Para el niño será la pérdida de su vida, y para la madre cargar en su consciencia la culpa de la vida truncada por su propia decisión», señalaron y solicitaron que «a fin de resguardar los derechos vulnerados por la ley 27.610 que disponga una medida cautelar urgente de no innovar por el plazo de ciento veinte días que se estima que pueda durar la tramitación de la causa y substanciación de la prueba».