Aborto Legal: Intendente de una ciudad santafesina «pro vida» por Ordenanza pide declarar inconstitucional la Ley

La Municipalidad de Roldán, en su carácter de ciudad “pro vida”, pidió este viernes a la justicia federal de Rosario que declare la inconstitucionalidad de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que empezó a regir hace menos de un mes en el país, el 24 de enero pasado. En caso de que el planteo sea aceptado, no tendrá validez solo en el área de competencia del tribunal sino en todo el país, remarcó el abogado patrocinante, Roberto Cerana.

El escrito lleva la firma del intendente José Pedretti, aunque quien inicia la acción es el municipio mismo en tanto en 2013 una ordenanza y una declaración del Concejo Deliberante de la ciudad definieron que la localidad es «pro vida», como se autodenominan los grupos «celestes» que se han manifestado abiertamente en contra de la legalización del aborto.

Pedretti es un intendente del Partido Justicialista, que se encuentra en estos momentos transitando su quinto mandato consecutivo.

Esta no es la primera presentación judicial para impedir la aplicación de la Ley, pero sí la primera realizada por un Municipio. Tanto la oposición como constitucionalistas cuestionaron la presentación, explicando que la entrada en vigencia de una ley nacional implica además que se caigan todas las ordenanzas que declaraban a determinados territorios como «pro vida».

Aborto legal: Como en Chaco, en La Pampa también presentaron una demanda en contra de la IVE

El propio Pedretti defendió la presentación en diálogo con el medio local El Roldanense: «Consideramos que estas leyes a las que apelamos, para ser puestas en vigencia hay que aprobar una Ley en el congreso que cuente con los votos de los dos tercios de cada una de las cámaras, lo cual no pasó”.

“Cuando miro para atrás siempre me acuerdo de Néstor Kirchner que decía que no iba a dejar las convicciones en la puerta de la Casa Rosada. Uno actúa para defender sus convicciones y valores. Haber defendido la vida durante mucho tiempo me coloca en una posición en la que hay mucha gente que necesita que la representemos, para que esto sea una victoria de la vida y para avisarle a quienes trabajaron tanto tiempo en defender la vida, que no todo está perdido”, remarcó el intendente.

El abogado Cerana hizo también declaraciones ante los medios locales y explicó que «los fundamentos no tienen naturaleza ética sino jurídica: desde su perspectiva, la ley Nº27.610 está mal dictada y es inconstitucional por múltiples motivos.

“En primer lugar viola al derecho a la vida, luego contradice la protección que establece el artículo 75 inciso 22 (el cual incorpora a la Carta Magna los tratados internacionales, entre ellos el referido a los derechos del niño) y el artículo 75 inciso 23, que le ordena al Congreso de la Nación dictar una ley en protección del embarazo”, comenzó, enumerando los argumentos del planteo, entre los que figura que la flamante norma es contraria a la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica.

“Es inconstitucional porque para poder dictar una ley sobre IVE debían denunciar los tratados que protegen a la persona por nacer y se debía aprobar esta denuncia con mayoría especial de dos terceras partes de los miembros de ambas Cámaras legislativas”, continuó Cerana. “Asimismo viola la igualdad entre el hombre y la mujer, generando una prerrogativa por nacimiento, y descarta la participación del hombre en toda decisión”, agregó.

También se pidió la inconstitucionalidad con el argumento de que la ley de IVE “viola la igualdad de los niños, en tanto en más de once provincias es contraria a sus principios constitucionales -plasmados en las constituciones provinciales- donde se reconoce el comienzo de la existencia desde la concepción (no es el caso de la Carta Magna de Santa Fe, que no dice nada al respecto)”.

Además, Cerana tildó a la ley que consagra el aborto de “inconvencional, por ir en contra del ordenamiento internacional en tanto la autoridad debe verificar que las convenciones o tratados internacionales y el derecho interno se armonicen ente sí y que, en caso de contradicción, tengan supremacía los convenios”.

“La ley tiene una pésima técnica legislativa porque deroga y modifica determinados artículos del Código Penal pero no el Código Civil, donde consta expresamente que la vida empieza en el momento de la concepción”, destacó, y auguró que la como la norma presenta “abiertas contradicciones, va a tener muchas impugnaciones”.

Scroll al inicio