AFIP profundiza el control sobre multinacionales exportadoras, para evitar evasión y fuga de capitales

La AFIP avanza en el control de las exportaciones realizadas por grandes empresas, en busca de limitar la evasión y la fuga de capitales. Este viernes se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 4717/2020 sobre precios de transferencia, que amplía y define la documentación que las multinacionales deberán presentar respecto de sus operaciones de comercio exterior entre empresas del mismo grupo económico para determinar el impuesto a las Ganancias.

Según explicó la AFIP, esta regulación de precios de transferencia que permitirá “limitar algunos instrumentos utilizados para la evasión de impuestos y, en el caso de la Argentina, la fuga de capitales”, se encontraba pendiente de reglamentación desde fines de 2018.

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El texto de la resolución también confirma que se aplicarán mecanismos para analizar la “deductibilidad de gastos de las empresas en concepto de marketing, publicidad y promoción” para limitar “posibles abusos” en el marco de  esas operaciones.

Una operatoria habitual en el comercio exterior es la manipulación de los precios de venta entre empresas vinculadas para distorsionar sus ganancias y la tributación correspondiente. Según un estudio de la United Nations University World Institute for Development Economics Research (UNU-WIDER), en nuestro país la pérdida de ingresos fiscales como consecuencia de “técnicas de planificación fiscal nociva” utilizadas por las grandes corporaciones puede llegar hasta a un 4,4% del PBI. Este porcentaje sólo es superado por países como Zambia, Guyana, Chad, Malta, Pakistán, Islas Comoras y Guinea.

La resolución de AFIP también modifica la consideración de quiénes son los “sujetos obligados a presentar el Estudio de Precios de Transferencia”, incluyendo a aquellos con operaciones con empresas vinculadas superen los 30 millones de pesos en un ejercicio fiscal. Esos sujetos deberán presentar informes cuando realicen operaciones con sujetos localizados en “jurisdicciones no cooperantes o de nula o baja tributación”.

AFIP también detalló que se requerirá que grupos económicos con ingresos anuales superiores a los 2 mil millones de pesos presenten “Informes Maestros”, con información sobre planificación estratégica del grupo económico en su conjunto, un informe que “no se trata de información estadística sino una narrativa que presenta la totalidad de las operaciones de cada grupo económico”.

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