Apelaron la prisión domiciliaria que le concedieron a Boudou

Luego de que el Tribunal Oral Federal 4 le concedió la prisión domiciliaria al ex vicepresidente Amado Boudou en el marco de la causa Cicone, el fiscal Marcelo Colombo decidió apelar la resolución.

Para la fiscalía, el juez Daniel Obligado, integrante del Tribunal Oral Federal 4, dictó dos resoluciones contradictorias entre sí en menos de una semana. A su vez, se fundó “arbitrariamente” la externación domiciliaria por razones epidémicas en medio del coronavirus, al hablar de una “causal de afectación familiar del imputado frente a la pandemia COVID-19”.

Prisión domiciliaria para el ex vicepresidente Amado Boudou

Para Colombo, no solo Boudou «no padece ninguna afección que lo incluya dentro de ese grupo de riesgo” que podría ser afectado por el coronavirus sino porque estaba alojado en una unidad con el 55 por ciento de su capacidad ocupada e interactuando solamente con sus compañeros de pabellón. “Una excepción frente a otros internos que sí padecen la sobrepoblación que dio origen la declaración de emergencia penitenciaria nacional, y enfrentan en sus lugares de detención peligros concretos mayores con riesgos de propagación de la epidemia, por ejemplo, entre personas asintomáticas”, resaltó.

“La decisión adoptada por VE al disponer una prisión domiciliaria en base al impacto que la Pandemia Covid-19 ha tenido en el grupo familiar del imputado y porque su pareja ‘resulta único sostén económico y emocional’ resulta tan arbitraria como impertinente, y alejada absolutamente de la circunstancias particulares del caso. Hay que decir además que la situación de quien resulta detenido y tiene familia a cargo trae siempre como inevitable (y lamentable) consecuencia asociada la afectación de su núcleo familiar en términos económicos y emocionales, más allá de cualquier virus que circunde o no”, advirtió.

Y agregó que “la oficiosa y solitaria decisión de disponer casi a escondidas este arresto domiciliario sin la intervención del Ministerio Público Fiscal, en el marco de un incidente de ejecución de la pena, pena que por otra parte se afirma no se estaría aún ejecutando, viola las reglas del debido proceso penal y transforma a la decisión tomada en invariablemente nula».

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