Carrió defendió ante la Justicia la organización de su cumpleaños con polémicos argumentos

Este lunes la ex diputada Elisa Carrió declaró ante la Justicia en el marco de la causa iniciada para investigar la posible comisión de un delito por la organización de su fiesta de cumpleaños a fines de 2020 en su casa de Exaltación de la Cruz, con la presencia de decenas de personas, incluyendo a una gran cantidad de funcionarios de Juntos por el Cambio. Pidió su sobreseimiento por considerar que no hubo ningún delito y además cuestionó la constitucionalidad del decreto que establecía límites para las reuniones públicas.

Su declaración fue ante el juzgado de Sebastián Casanello en el marco de la causa que lleva el fiscal Ramiro González (los mismos que dirigente la investigación sobre la cuestionada fiesta de cumpleaños de la Primera dama Fabiola Yáñez en la Quinta Presidencial de Olivos). La causa sería girada mañana a la Justicia Federal de Campana, por ser la que corresponde al distrito bonaerense de Exaltación de la Cruz.

Ampliaron la denuncia contra Carrió por su fiesta de cumpleaños, sumando a todos sus invitados

La ex legisladora argumentó una excepción de falta de acción y presentó un pedido de inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia firmado por el Presidente Alberto Fernández que establecía las restricciones a las reuniones (una estrategia similar a la elegida por alguno de los procesados por la fiesta de Olivos, que fuera rechazada).

Carrió sostiene que para el momento de organización de su fiesta la zona ya estaba en Fase 4 y que estaban autorizados los eventos “culturales, sociales, recreativos o religiosos” al aire libre y de hasta 100 personas. “Esto implicaba una clara decisión gubernamental en pos de flexibilizar las estrictas normas que regían, lo que se había empezado a producir desde el mes de octubre”, añadió.

Luego afirmó que la denuncia en su contra tiene un “tinte de color político” y añadió: “Resulta evidente que la medida bajo análisis no supera el test de razonabilidad, ya que no se explica qué diferencia habría entre este tipo de reuniones, y aquellas mismas realizadas en el marco de eventos culturales, sociales recreativos y religiosos que sí se encuentran permitidas”.

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