Clases presenciales: La Corte Suprema se declaró competente en el caso

La Corte Suprema de Justicia, en el marco del conflicto por las clases presenciales, decidió avanzar con la medida cautelar que presentó Horacio Rodríguez Larreta para suspender el decreto de Alberto Fernández que la vuelta a las aulas por 15 días ante la pandemia del coronavirus y declararlo inconstitucional.

El fallo fue dictado con el voto de los ministros Carlos Rosenkrantz, Carlos Maqueda, Horacio Rossatti y Ricardo Lorenzetti. Elena Highton de Nolasco se expresó en disidencia porque considera que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “no es un sujeto aforado a la jurisdicción originaria” del tribunal. Se descuenta que adoptará el mismo criterio cuando se discuta el fondo de la cuestión y no votará.

De este modo, el máximo tribunal se apresta a correr vista de la acción de inconstitucionalidad al Poder Ejecutivo Nacional para que conteste los argumentos esgrimidos por la administración de Rodríguez Larreta.

Hay clases presenciales en la Ciudad y amenazas de denuncias a los colegios que no acaten la suspensión

Y ahora el Gobierno nacional dispone de cinco días para responder -a través de la Jefatura de Gabinete- los argumentos que presente el GCBA. Luego, la Procuración General de la Nación tendrá la posibilidad de expedirse sobre el fondo de la cuestión.

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