Decretos prohíben cortes de servicios y multas a Pymes por cheques sin fondos

El presidente Alberto Fernández firmó dos decretos con medidas extraordinarias en el marco de la cuarentena obligatoria por la epidemia de coronavirus, uno que establece la prohibición de los cortes de “suministro de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital” durante los próximos 180 días a monotributistas de las categorías más bajas, beneficiarios de AUH y otra cantidad de sectores vulnerables, y otro que suspende las multas e inhabilitaciones en cuentas corrientes bancarias por cheques sin fondo de PyMES hasta el 30 de abril.

En este segundo texto, también se autoriza a los bancos a dar crédito a empresas que tengan deuda previsional registrada en la ANSES, AFIP y bancos de datos. Hace algunos días, el Banco Central también había ampliado los plazos para construir su lista de deudores en mora temprana para empresas con problemas de pago hasta los 60 días.

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Respecto del corte de servicios, el decreto detalla: “No podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta TRES (3) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020. Quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso”.

En este caso, se apunta a proteger a los sectores sociales más vulnerables y con menores ingresos. Pero la medida también abarca a las PyMEs. El objetivo es que las pequeñas y medianas empresas estén en condiciones de pagar los salarios en abril. Las grandes empresas ya vienen denunciando que van a tener problemas con el pago de los sueldos, así que el Gobierno nacional se anticipó tratando de ayudar a las PyMEs a cumplir con sus obligaciones.

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