La Suprema Corte bonaerense suspendió el habeas corpus que habilitó la liberación de presos

Este martes la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires aceptó revisar el hábeas corpus colectivo concedido por Casación bonaerense, que habilitó los pedidos de libertad y de arresto domiciliario para decenas de presos en el territorio provincial. Luego de la conferencia de prensa donde el gobernador Axel Kicillof pidió que el Máximo Tribunal se expida al respecto, ordenó que se suspendan “los efectos de la decisión cuestionada” mientras estudia el caso en profundidad.

Para avanzar en ese proceso, la Suprema Corte provincial (integrada por Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Eduardo de Lázzari y Sergio Torres) le pidió explicaciones al Procurador General Julio Conte Grand, el jefe de los fiscales cuestionado explícitamente por Kicillof por no aclarar que la domiciliaria no se aplicaba para delitos graves, y al defensor ante Casación Mario Luis Coriolano, representante de las 19 defensorías generales que pidieron el hábeas corpus aprobado por el juez de Casación Victor Violini el 9 de abril pasado.

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La resolución del Máximo Tribunal debería unificar un criterio para que los jueces definan posiciones respecto de los miles de pedidos de liberación u otorgamiento del beneficio de prisión domiciliaria. Si la suspensión actual del habeas corpus derivara en una revocación, los detenidos beneficiados deberían volver a prisión. “Lo que hace esa medida es suspender lo que está en trámite, pero lo que ya está dispuesto sigue vigente hasta tanto se resuelva definitivamente la cuestión”, explicó el fiscal Carlos Altuve (uno de los denunciantes de numerosas infracciones procesales en cuanto a la aplicación del recurso).

Altuve reclamó este lunes a la Corte que analice el caso ante la “gravedad institucional” de la resolución de Casación, por considerar que “se ha vulnerado la garantía del juez natural que debe conocer en la situación de privación de libertad de las personas que se encuentren a su disposición, otorgando el arresto domiciliario a un número indeterminado de personas”. Aunque reconoció que “es necesario adoptar medidas urgentes y eficaces para paliar la situación de emergencia carcelaria y sanitaria”, el fiscal pidió la revocación del fallo de Violini.

La Corte se respondió que “la presentación directa resulta procedente” y añadió: “De acuerdo a lo expuesto por tratarse de la resolución de una postulación colectiva en el marco de la emergencia dispuesta como consecuencia la pandemia del COVID 19 sobre la que esta Suprema Corte ha puesto de manifiesto su extrema preocupación con el dictado de normas para garantizar la atención de los asuntos urgentes y que no admiten demora desde sus inicios como es de público conocimiento este tribunal se abocará a dar una respuesta rápida y eficaz a la problemática suscitada como consecuencia del fallo cuestionado”.

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