Este jueves la declaración del expresidente Mauricio Macri fue suspendida ya que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) no estaba en condiciones de relevarlo de guardar secretos. Por su parte, la pausa dentro del proceso generó repercusiones acerca de los alcances legales de los secretos de estado.
En este sentido, la Ley 25.520 de Inteligencia Nacional establece, en su artículo 16 y en referencia a la clasificación de la información, «las actividades de inteligencia, el personal afectado a las mismas, la documentación y los bancos de datos de los organismos de inteligencia llevarán la clasificación de seguridad que corresponda en interés de la seguridad interior, la defensa nacional y las relaciones exteriores de la Nación».
Acerca del rol del Poder Ejecutivo nacional, se indica que «podrá ordenar la desclasificación de cualquier tipo de información y determinar el acceso total o parcial a la misma por acto fundado si lo estimare conveniente para los intereses y seguridad de la Nación y sus habitantes».
https://informepolitico.com.ar/macri-en-dolores-poca-concurrencia-de-la-militancia-y-suspension-de-la-indagatoria/
En cuanto al acceso a dicha información, se instituye que «será autorizado en cada caso por el Presidente de la Nación o el funcionario en quien se delegue expresamente tal facultad, con las excepciones previstas en la presente ley».
Del mismo modo, aclara que la clasificación «se mantendrá aun cuando el conocimiento de las mismas deba ser suministrado a la justicia en el marco de una causa determinada o sea requerida por la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia».
A su vez plantea que «toda persona u organización que acredite interés legítimo, podrá iniciar una petición de desclasificación ante el Poder Ejecutivo nacional, destinada a acceder a cualquier clase de información, documentos, o material, que se encuentre en poder de uno de los organismos que componen el Sistema de Inteligencia Nacional» y que «la forma, plazos y vías administrativas serán reglamentadas por el Poder Ejecutivo nacional».
En materia de datos personales, la ley dispone que «la revelación o divulgación de información respecto de habitantes o personas jurídicas, públicas o privadas, adquirida por los organismos de inteligencia con motivo del ejercicio de sus funciones, requerirá sin excepción de una orden o dispensa judicial».
1. Pongamos un poco de claridad sobre lo que paso con la declaracion de Macri: El juez no puede saber que es lo que va a declarar Macri. Ni puede presumir lo que va a declarar.
— Graciana Peñafort (@gracepenafort) October 28, 2021
Por su parte, la abogada Graciana Peñafort explicó que «está perfecto lo que hizo el juez de suspender la indagatoria», dado que «el juez no puede saber qué es lo que va a declarar Macri ni puede presumir lo que va a declarar».
Para Peñafort «el único que sabía que iba a necesitar ser relevado del secreto era el propio Macri» y agregó que «él podría haber pedido ser relevado del secreto, pero no lo hizo, sino que decidió usar la estrategia para postergar de nuevo la declaración» aunque aclaró que «está en su derecho».
En la misma línea la abogada opinó que se trata de un «peligroso recurso», porque «ya admitió que en efecto hubo inteligencia sobre los hechos investigados: esto es espionaje sobre los familiares de las víctimas del ARA San Juan, porque sino simplemente niega las tareas de inteligencia».