Caso Rafael Nahuel: El juez procesó a 5 prefectos pero convalidó la teoría del enfrentamiento

La Justicia federal de San Carlos de Bariloche finalmente procesó a los cinco prefectos involucrados en el asesinato de Rafael Nahuel, el joven mapuche baleado por la espalda hace algo más de un año mientras huía de un desalojo llevado adelante por el comando Albatros de la Prefectura Naval en un territorio cercano al lago Mascardi. El procesamiento no incluye prisión preventiva pero sí un embargo de medio millón de pesos.

El juez Leónidas Moldes, quien dio por finalizada la investigación y elevó la causa a juicio oral, también procesó también a dos compañeros de Nahuel, que trasladaron su cuerpo desde donde fue herido hasta la ruta, considerándolos responsables de usurpación y atentado a la autoridad. Según Matías Shraer, abogado de los jóvenes mapuches, esta decisión implica “un aval a la teoría del enfrentamiento, que es una especie de teoría de los dos demonios”.

El juez consideró que los prefectos Francisco Pintos, Juan Obregón, Sergio García, Sergio Cavia y Carlos Sosa cometieron el delito de “homicidio agravado en legítima defensa”, con lo que también avala la versión oficial del presunto enfrentamiento, mitigando todo lo posible la responsabilidad de los integrantes del Comando en el asesinato de Nahuel, que se probó que murió por un disparo proveniente del arma de Pintos.

Según palabras del magistrado, “el personal cumplía con atribuciones y deberes en el interior del predio bajo su custodia”, cuando fueron agredidos por integrantres de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, que los “superaban ampliamente en número”, mientras escapaba del operativo de desalojo en la zona. Moldes detalla que el territorio era “densamente boscoso, de difícil tránsito, alto y escarpado”, con los senderos “bloqueados por barricadas elaboradas con troncos y ramas de grandes dimensiones” y añade que “en el lugar se verificaron marcaciones propias de tácticas militares profesionales y puestos de vigilancia en altura” y que “los atacantes hicieron gala de formaciones militares”.

“A mi modo de ver, los nombrados pudieron razonablemente imaginar que su vida y la de sus compañeros estaban en peligro”, añade el juez, por lo que justifica la “necesidad de defenderse de alguna forma” por parte de los prefectos, a quienes igualmente procesa porque “pudieron haber rebasado el límite de la necesidad: emplearon un fusil MP5 y sus pistolas reglamentarias”.

Desde esta argumentación se justifica el procesamiento para los jóvenes mapuche Fausto Jones Huala y Lautaro González, a quienes considera responsable de los delitos de usurpación y atentado a la autoridad por el uso de arma de fuego. Los acusa de formar “parte del grupo de individuos que se enfrentó de modo violento con funcionarios de Prefectura Naval Argentina que patrullaban la zona” con la tarea de “explorar el terreno, obtener fotografías e información y en su caso proceder a la detención de ocupantes ilegales” y también les fija embargo por 10 mil pesos a cada uno.

La defensa de ambos acusados considera que su procesamiento es “un disparate”. Shraer explica que esta hipótesis “sólo le sirve al juez para poder cerrar esta historia sin justicia para Rafael Nahuel”. Y añade: “El Poder Judicial y el poder político necesitan de miembros de la comunidad procesados para tener elementos que fortalezcan la hipótesis del enfrentamiento y así cerrar la muerte de Nahuel como un resultado del exceso del uso de la fuerza”.

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