El Consenso Fiscal será tratado en la Legislatura bonaerense

Este miércoles el gobierno bonaerense envío a la Legislatura la adhesión al Consenso Fiscal que firmó el gobernador Axel Kicillof el 27 de diciembre pasado. Ahora, el acuerdo deberá contar con la aprobación de  ambas Cámaras.

El consenso firmado por los gobernadores, excluido el jefe de gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta, «preserva la autonomía de las provincias y profundiza el sistema federal», afirmó el Presidente Alberto Fernández. Allí la Nación y las provincias se comprometieron a promover el intercambio de información, a seguir trabajando en un programa integral de simplificación y la coordinación tributaria federal y a fortalecer el Padrón Federal–Registro Único Tributario (RUT).

A su vez, las partes se abstendrán por un año de iniciar procesos judiciales y suspenderán por igual término los ya iniciados, al tiempo que Nación se comprometió a pagar en 12 cuotas los saldos pendientes de la actualización de la compensación.

Con respecto al impuesto sobre los Ingresos Brutos, se acordó considerar como gravada la comercialización de bienes o servicios a través de medios o tecnología que permitan la realización de las transacciones en forma remota, y se establecieron las alícuotas máximas para un conjunto de actividades.

Sin Rodríguez Larreta, el Gobierno firmará el Consenso fiscal

Sobre el impuesto de Sellos, se estableció una alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles, del 3% a la transferencia de automotores y del 2% a los restantes actos, contratos y operaciones alcanzadas por este tributo en general.

En tanto, no estarán sujetos a alícuota máxima los actos, contratos y operaciones relacionados con las actividades de loterías y los juegos de azar. También se alcanzaron acuerdos respecto del impuesto a los Automotores, el Inmobiliario y a la transmisión gratuita.

Del mismo modo, las provincias se comprometieron a aplicar el criterio de Endeudamiento Responsable, por el cual solo podrán incrementar la deuda en moneda extranjera en líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito, por desembolsos pendientes originados en convenios firmados con anterioridad al 31 de diciembre de 2021, y por las operaciones de reestructuración de deuda.

Por último, en cuanto a la responsabilidad fiscal, se retomará la vigencia de los artículos suspendidos de la Ley N° 25.917 y se incorporará que la regla de límite de crecimiento del gasto estará regida en todos los casos por el incremento del PIB, y que el producido del endeudamiento gubernamental no podrá destinarse a gastos corrientes, salvo excepciones.

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