Una nueva Decisión Administrativa del Gobierno Nacional sumó otras siete actividades a las consideradas esenciales, por lo que las personas que trabajen en estos rubros se encontrarán exceptuadas de cumplir con el Aislamiento Obligatorio, Social y Preventivo, ahora extendido hasta el 26 de abril inclusive.
El propio Presidente Alberto Fernández lo había planteado el viernes, en el discurso en el que confirmo la extensión de la cuarentena obligatoria, anticipando que se habilitaría la circulación para personas con discapacidad y aquellas con trastornos del espectro autista “para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente”.
Para el Gobierno existe “un clima social de aceptación de la cuarentena”
Según establece la resolución, estas personas deberán estar asistidas y sus acompañantes deberán llevar los respectivos documentos de identidad y el Certificado Único de Discapacidad o una constancia de diagnóstico médico. El permiso también se extiende a los profesionales que prestan atención domiciliaria a este tipo de pacientes.
Como se había adelantado, también se reactiva la atención bancaria al público, aunque con turnos previos. Al respecto, el Banco Central explicó que mientras dure la medida de aislamiento social establecerá “los términos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria, pudiendo ampliar o restringir días y horarios de atención, servicios a ser prestados y grupos exclusivos o prioritarios de personas a ser atendidas, así como todo otro aspecto necesario para dar cumplimiento a las instrucciones y recomendaciones de la autoridad sanitaria”.
También quedaron exceptuados los talleres para reparación y mantenimiento de autos, motos y bicicletas, “exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente”, así como la venta de repuestos para los mismos vehículos, aunque “únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta”, lo mismo aplica para la fabricación y venta de neumáticos.
Otro rubro incluido en las nuevas excepciones es el de artículos de librería e insumos informáticos, que, como en los casos anteriores, sólo se podrá realizar vía delivery y no con atención directa al público en los locales.
En este contexto, todas las personas no afectadas a las actividades esenciales que necesiten desplazarse por la ciudad ahora deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación: “Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados. En todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios, adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto”.