Mientras transcurría el segundo día de la medida de fuerza de 48 horas con la que los bancarios arrancaron la semana, la Justicia resolvió que los bancos paguen la “cláusula gatillo” y devolvió a la Asociación Bancaria el cobro de los aportes conocidos como “cuota solidaria”, que el Gobierno les había quitado por decreto algunas semanas atrás. El Ministerio de Trabajo ya confirmó que apelará el fallo.
El segundo paro de 48 horas convocado por la Asociación Bancaria conducida por Sergio Palazzo tuvo, según el gremio, adhesión superior al 90%. El eje del reclamo es por la oferta paritaria de 9% recibida luego de varias reuniones con las patronales del sector, que consideraron inaceptable por plantear una clara perspectiva de baja salarial ante pronósticos inflacionarios que el oficialismo sigue manteniendo en 15% para 2018 pero que la mayoría de las consultoras privadas no ubican en menos del 20%.
En medio de la jornada de lucha, el gremio hizo público un fallo del Juzgado Civil y Comercial N° 11 de Resistencia, Chaco, que hacía lugar al planeo de La Bancaria de esa provincia respecto de la cláusula gatillo y el aporte solidario. El fallo estipula que “se continúe abonando la cláusula gatillo convenida en la cláusula 2” del acuerdo salarial firmado durante 2017 (ítem que los bancos se venían negando a cumplir este año, a pesar de haberla abonado en noviembre y diciembre) y además advierte que “se aplicarán diez mil pesos de multa por cada día de demora”.
El comunicado del gremio bancario considera al respecto: “Por esta decisión de la Justicia, se confirma que los bancos deben, entre otros conceptos, aplicar con relación la evolución del Índice de Precios de enero la cláusula gatillo”. Y añade que “deben, por lo tanto, pagarlo en febrero”.
El fallo de la Justicia chaqueña también determina la continuidad de la llamada “cuota solidaria”, un descuento del 1% para todos los trabajadores bancarios que se destina al gremio y representa alrededor de un millón de pesos mensuales. El Gobierno había decidido eliminar esa contribución fundamental para el sindicato bancario a través de la La Resolución 2-E/2018 del Ministerio de Trabajo, publicada en el Boletín Oficial a fines de enero.
Según el fallo del juez Julián Benito Flores, ambas decisiones se fundamentan en el principio de ultraactividad, que implica que aunque el convenio laboral esté vencido (desde el pasado 31 de diciembre) tiene vigencia hasta tanto sea reemplazado por un nuevo acuerdo. Desde el Ministerio de Trabajo conducido por Jorge Triaca ya anticiparon que piensan apelar la decisión judicial.