El polémico Superior Tribunal de Justicia jujeño rechazó dos recursos para liberar Milagro Sala, al considerarla un «peligro para los testigos» a partir de «actitudes intimidatorias». Además se pronunciaron al declarar inconstitucional el artículo 16 de la Ley Nº 27.120, referido a las inmunidades parlamentarias de los legisladores del Mercosur. En el mismo sentido ratificaron la prisión preventiva de Sala dictada el 28 de abril por un juez de control.
Los magistrados analizaron «la efectiva existencia y configuración de riesgo procesal que habilita la procedencia de la medida de restricción de la libertad, valorando, por una parte, la gravedad de los delitos atribuidos a la inculpada, como así también los indicios concretos de peligrosidad procesal que surgen de las constancias del expediente».
Los jueces consideraron que los delitos atribuidos a Sala son «Asociación Ilícita, Fraude a la Administración Pública y Extorsión» se «encuadran en el supuesto contemplado en el Código Procesal Penal que expresamente faculta al juez» a mantener la prisión preventiva.