La Corte Suprema de Justicia determinó ayer que la Corte Interamericana de Derechos Humanos no es una cuarta instancia de apelación local y limitó su poder local al rechazar la revocatoria de una sentencia que había dictado a favor del ex presidente Carlos Menem y contra una publicación periodística que había informado sobre su vida privada.
Esto no niega el carácter vinculante a las decisiones de la Corte Interamericana sino las “circunscribe a aquella materia sobre la cual tiene competencia el tribunal internacional”.
De esta manera, el máximo tribunal del país limitó la vinculación a los fallos que dicte el tribunal interamericano a las cuestiones que están alcanzadas por el Pacto de San José de Costa Rica, incorporado a la Constitución Nacional en 1994.
“Revocar la sentencia firme dictada por este Tribunal implica privarlo de su carácter de órgano supremo del Poder Judicial argentino y sustituirlo por un tribunal internacional, en clara transgresión a los artículos 27 y 108 de la Constitución Nacional”, dijo el voto mayoritario de la Corte.
Los cuatro votos que alcanzaron la mayoría fue los del presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, la vicepresidenta de la Corte, Elena Highton y Horacio Rosatti, quien adhirió a la postura con argumentos propios. Carlos Maqueda en cambio, votó por la negativa.
La Corte Interamericana tiene, por ejemplo, a estudio actualmente una petición formulada, entre otros, también por el CELS respecto de la detención de la líder de la organización Tupac Amaru, Milagro Sala, en la provincia de Jujuy. La decisión de ayer podría sentar un precedente para ese caso, de acuerdo a lo que eventualmente diga en su momento el organismo internacional, según interpretaron ayer fuentes judiciales.
La Corte Interamericana funciona en el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA) y entre sus siete jueces actuales se encuentra el argentino Eugenio Zaffaroni, quien renunció a la Corte nacional dos años atrás y fue propuesto para ese cargo por el gobierno kirchnerista.
El tribunal internacional había dispuesto en 2011 que Argentina debía “dejar sin efecto la condena civil impuesta a los señores Jorge Fontevecchia y Hector D’Amico así como todas sus consecuencias” por haber violado el país “el derecho a la libertad de expresión” de los responsables de la revista Noticias. Aquella condena había sido impuesta en el fuero civil y confirmada por la Corte en 2001 a raíz de una nota sobre un presunto caso de paternidad de Menem.
Fuentes judiciales recordaron que lo dispuesto ayer no altera lo dispuesto por la Corte Interamericana respecto de una reparación monetaria a Fontevecchia y D’Amico -que debe afrontar la Secretaría de Derechos Humanos- y de la publicación de su sentencia, lo que ya fue cumplido.