El Estado Nacional debe recontratar a los trabajadores del exregistro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios que fueron despedidos en el inicio del Gobierno de Cambiemos.
Fue por una medida dictada por el juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla. Es en beneficio de María Gabriela Ramallo, Esteban Adrián Potes, Juan Manuel Villa y Mauricio Andrés Massenzio, trabajadores despedidos en marzo de 2016.
Si bien el organismo ya no existe la resolución dice que los trabajadores, ante «la supresión de dependencias o de las funciones asignadas al personal», «deben ser reubicados dentro de RENATEA y en caso de imposibilidad, el trabajador podrá optar por requerir su reubicación en cualquier otro organismo de la Administración Pública o por recibir la indemnización correspondiente».
«Debe analizarse si en este contexto era legalmente posible -como ocurrió- despedir a los trabajadores que se desempeñaron en RENATEA del modo en que se lo hizo -esto es sin la necesidad de invocar justa causa- o si rigen para el caso las previsiones del artículos 14 y 14 bis de la Constitución Nacional, el régimen de estabilidad de los empleados públicos», argumentó el Juez Federal de Dolores.
«El Estado Nacional debió garantizar los derechos adquiridos de los trabajadores y no homologar un acuerdo que afectaba la estabilidad el régimen laboral que los amparaba por mandato de la Constitución Nacional», agregó el magistrado.
Ramos Padilla resolvió «declarar la inaplicabilidad a los actores de la Resolución por el cual se deja sin efecto el Convenio Colectivo de Trabajo y se considera extinguida la relación laboral de los trabajadores» y ordenó la devolución de sus puestos de trabajo.