Malas noticias para Laura Alonso: Deberá entregar la documentación pedida por la AGN

La Oficina Anticorrupción (OA), organismo dirigido por Laura Alonso, fue condenada por la Justicia a entregar a la Auditoría General de la Nación (AGN) en un plazo máximo de 15 días toda la documentación solicitada para poder analizar su desempeño.

Según el fallo del juez Enrique Lavié Pico, la OA no respeta los cánones básicos de la Ley de Acceso a la Información Pública: “La negativa a brindar la información requerida constituye un acto arbitrario e ilegítimo en el marco de los principios de una sociedad democrática e implica, en consecuencia, una acción que recorta de manera severa derechos que son reservados a cualquier ciudadano, en tanto se trate de datos de indudable interés público y que hagan a la transparencia”.

El organismo encabezado por Laura Alonso, que depende del Ministerio de Justicia de Germán Garavano, había sido denunciada meses atrás por la AGN por no presentar los documentos y la información correspondientes para llevar adelante una auditoría. La evaluación fue aprobada por la Comisión Mixta Parlamentaria Revisora de Cuentas del Congreso como parte del Plan Operativo Anual 2018, pero la OA se resistió a presentar sus manuales de procedimiento y guías de trabajo, así como un detalle de su labor entre 2016 y 2018, incluyendo las denuncias recibidas, las investigaciones llevadas a la Justicia y el estado actual de cada una.

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Según el fallo judicial: “En una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible, sujeto un sistema restringido de excepciones”. Luego, citando un escrito de la Corte Suprema, añade: “El actuar del Estado debe encontrarse regido por los principios de publicidad y transparencia en la gestión pública, lo que hace posible que las personas que se encuentran bajo su jurisdicción ejerzan el control democrático de las gestiones estatales, de forma tal que puedan cuestionar, indagar, considerar si se está dando un adecuado cumplimiento a las funciones públicas. El acceso a la información bajo el control del Estado, que sea de interés público, puede permitir la participación de la gestión pública a través del control social que se puede ejercer con dicho acceso”.

Recuerda que la AGN es el organismo técnico del Congreso que controla a toda la administración pública y está facultada a “exigir la colaboración de todas las entidades del sector público, las que estarán obligadas a suministrar los datos, documentos, antecedentes e informes relacionados con el ejercicio de sus funciones”.

Descartando las diversas maniobras dilatorias de la OA para no entregar esos datos, el fallo concluye planteando que “la información requerida no puede estar sujeta a condicionamiento alguno por parte del organismo auditado, y la reticencia en suministrarla obstruye el desenvolvimiento de las tareas de auditoría constitucionalmente otorgadas al órgano de control, más aún teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde el primer requerimiento”.

Este lunes la OA ya había sido objeto de otra denuncia de ocultamiento de información, al negarse a acceder al pedido de las abogadas Gabriela Carpineti y Elizabeth Gómez Alcorta, de la socióloga Victoria Freire y del candidato a diputado nacional por el Frente de Todos Federico Fagioli sobre el “listado de investigaciones preliminares, denuncias y presentaciones que como querellante realizó respecto a funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional en funciones desde diciembre de 2015”.

 

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