Este lunes, tras un largo debate interno, la Cámara Federal de Casación recomendó otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria para los presos no violentos como medida para prevenir la propagación de la epidemia de coronavirus entre la población carcelaria.
La acordada, con once votos favorables y dos en contra, sugiere aplicar estas medidas “excepcionales” basándose en lo recomendado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Naciones Unidas (ONU), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Comité Nacional para la Prevención contra la Tortura y la Procuración Penitenciaria de la Nación. Según aclara la propia resolución, cada caso deberá ser evaluado particularmente.
Según la acordada, se trata de una cuestión “humanitaria” en una situación que “exige la adopción de medidas concretas por parte de los poderes del Estado para el adecuado resguardo de uno de los sectores más vulnerables”, por encontrarse en situación de encierro y hacinamiento.
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Aunque Casación ya había emitido varias acordadas sobre la situación de la población del Sistema Penitenciario Federal ante la pandemia, aún no se había planteado una recomendación clara para los tribunales inferiores. Así, se pudo ver en las últimas semanas un claro contraste entre los pedidos de domiciliarias otorgados por los tribunales federales respecto de los bonaerenses, que fueron mucho más concesivos, aprobando un habeas corpus colectivo de 2300 pedidos de domiciliaria.
La acordada propone que se “adopten medidas alternativas al encierro, tales como la prisión domiciliaria, con los mecanismos de control y monitoreo que estimen corresponder”, aclarando que esto sería únicamente para los condenados con“prisión preventiva por delitos de escasa lesividad o no violentos (…) o que no representen un riesgo procesal significativo”. También se aplicaría en casos en que se hayan vencido los plazos de prisión preventiva establecidos por la ley y en para las “personas condenadas por delitos no violentos que estén próximas a cumplir la condena”, para aquellos sentenciados a penas de hasta 3 años de prisión o quienes estén “en condiciones legales de acceder en forma inminente al régimen de libertad asistida, salidas transitorias o libertad condicional”.
La prisión domiciliaria también debería adoptarse en el caso de “mujeres embarazadas y/o encarceladas con sus hijos e hijas; personas con mayor riesgo para la salud, como adultos mayores; personas con discapacidades (…) y personas inmunodeprimidas o con condiciones crónicas como enfermedades coronarias, diabetes, enfermedad pulmonar y VIH”.
Según el estudio presentado por el SPF a la Cámara, hay por lo menos 1280 presos y presas que pertenecen a grupos de riesgo, en un contexto de sobrepoblación carcelaria de por lo menos un 10% (según cifras oficiales), aunque el número podría ser mayor. De 14 mil detenidos en las cárceles federales, apenas un 45% no tiene condena firme y en 986 casos está excedido el plazo de dos años para la preventiva.