Se promulgó la Ley de Góndolas y comienza a elaborarse el listado de productos alcanzados

Este martes el Gobierno nacional promulgó la Ley de Góndolas por un decreto publicado en el Boletín Oficial. La medida apunta a favorecer la competencia entre las grandes marcas y los pequeños proveedores, buscando mayor visibilidad de productos que puedan contribuir a bajar las presiones inflacionarias.

La ley fue aprobada en las sesiones extraordinarias de fines de febrero, después de un largo tiempo de debate. La votación favorable en Diputados se logró con el respaldo de la oposición, aunque desde Juntos por el Cambio cuestionaron las dificultades de aplicación práctica de las disposiciones que exigen a los supermercados garantizar una visibilidad en góndola para productos de pequeños productores y no dejar que éstas sean copadas por las grandes marcas.

La inflación de febrero fue la más baja en dos años

El Decreto 268/2020 destaca que uno de los objetivos de la ley es contribuir a que “el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores; mantener la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado; ampliar la oferta de productos artesanales y/o regionales nacionales producidos por las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) y proteger su actuación”. También se incluyen los productos de la agricultura familiar.

Luego de la promulgación, la autoridad de aplicación de la ley deberá armar en un plazo de 90 días un listado de las distintas categorías de productos alcanzados por la misma, que “deberá contener como mínimo la totalidad de productos de alimentos, bebidas, higiene y limpieza del hogar”. Según se estableció, queda prohibido generar una exclusión “anticompetitiva de proveedores por el alquiler de espacios de góndolas o locaciones virtuales”: “Será considerada una exclusión anticompetitiva el pago de cánones y/o comisiones impuestas que obliguen al proveedor a optar por un solo canal de distribución”.

“En góndolas los productos de menor precio conforme la unidad de medida deberán encontrarse a una altura equidistante entre el primero y último estante. En locaciones virtuales, deberá garantizarse que los productos de menor precio conforme la unidad de medida se publiquen en la primera visualización de productos de la categoría en cuestión”, detalla el decreto en uno de sus puntos. Luego también explica que “está prohibido pautar el suministro de información comercial sensible que sea impropia de la relación comercial o que suponga información referida a la relación del proveedor con otros operadores del mercado o información de la competencia”.

Los establecimientos alcanzados por la ley tienen un plazo de hasta 120 días corridos para implementar las modificaciones necesarias para cumplir con la nueva ley. “En caso de incumplimiento, la autoridad de aplicación aplicará las normas referidas a procedimiento y sanciones establecidas en el Régimen de Lealtad Comercial, promoviendo la participación de las organizaciones de Defensa del Consumidor de todo el país”, se concluye.

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