Mientras el Congreso le renueva beneficios impositivos, Tierra del Fuego, provincia gobernada por Gustavo Melella, avanzó en una polémica jubilación especial para que estatales, docentes y personal de salud, se jubilen a los 55 años. Desde la oposición reclamaron cambios al sistema de alcance general.
La iniciativa nació por una promesa del gobernador, que pertenece a FORJA, en tiempos de campaña a uno de sus aliados, el sindicato docente, y avanzó de manera rápida en la Legislatura local, con el rechazo del Movimiento Popular Fueguino, que pidió cambios generales y no solo para un sector de los estatales.
Pese a las críticas, el Parlamento fueguino consagró modificaciones a la Ley N° 561, entre ellos:
-Cada trabajador activo que se incorpore a los tres poderes del Estado deberá realizar un aporte extraordinario del 7% de los 12 primeros haberes mensuales brutos. Esto se aplicará en cualquier tipo de situación escalafonaria o condición de estabilidad, incluido el personal de planta de gabinete. El aporte se retendrá mensualmente por el empleador a partir del primer haber y se integrará a la Caja de Previsión Social conjuntamente con los demás aportes y contribuciones.
-Los aportes personales serán del 14% para las jubilaciones ordinarias y del 16% para las jubilaciones previstas por los artículos 35, 35 bis, 35 ter y 38 de la Ley N° 561.
El Poder Ejecutivo podrá aumentar los aportes personales en 0,50% por año, con un tope de hasta 2% acumulado a partir de la existencia de déficit entre los recursos totales y gastos totales mensuales de la Caja de Previsión Social.
Este lunes es un día importante para las y los servidores públicos provinciales, porque es una jornada en la que se están recuperando derechos.
— Gustavo Melella (@gustavomelella) November 1, 2022
De acuerdo a los cambios aprobados para el régimen jubilatorio docente, se determinaron modificaciones a la Ley provincial 561, por ejemplo:
-Podrán obtener la jubilación diferencial para personal docente: a) los docentes que presten servicios con un mínimo de doce (12) horas cátedra, en todas las ramas de la enseñanza que no correspondan a la gestión privada, dependientes de la provincia, con un mínimo de 10 años efectivos frente directo a grado, curso, grupo, división o sección continuos o discontinuos en establecimientos educativos públicos de la Provincia y el personal directivo y técnico docente con un mínimo de 10 años efectivo frente a grado, curso, grupo, división o sección continuos o discontinuos en cualquier jurisdicción, obtendrán la jubilación ordinaria al cumplir 25 años de servicios dentro del ámbito de la educación, debiendo ser 20 de ellos aportados a la Caja de Previsión Social y 50 años de edad mínima;
-Los docentes de educación especial con un mínimo de 10 años efectivos frente directo a grado, curso, grupo, división o sección, continuos o discontinuos en escuelas de educación especial en cualquier jurisdicción y 15 años de servicios en la modalidad de Educación Especial en la Provincia, obtendrán la jubilación ordinaria al cumplir 20 años de servicios en dicha modalidad sin requisito de edad mínima;
-El personal no comprendido en los incisos anteriores, con 20 años de servicios docentes en la Provincia, que no correspondan a gestión privada, obtendrán su jubilación ordinaria al cumplir 25 años de servicios en el ámbito docente y 55 años de edad mínima;
-Aquellos docentes que con 55 años de edad no reúnan las condiciones de años de servicios establecidas podrán optar por acogerse al beneficio previsional debiendo: acreditar 10 años de servicio efectivos frente directo a grado, curso, grupo, división o sección en establecimientos educativos públicos de la Provincia, que no correspondan a gestión privada; haber cumplido un mínimo 20 años de servicios con aportes de los cuales 15 años de servicios en la docencia con aportes a la Caja de Previsión Social. Una vez obtenido el beneficio, deberá aportar mensualmente el importe equivalente a los aportes y contribuciones que correspondan al monto actualizado por el que haya obtenido el beneficio, hasta alcanzar 25 años de aportes efectivos a la Caja de Previsión Social.
-Los servicios prestados en escuelas de ubicación desfavorable con o sin residencia permanente, se computarán a razón de 4 por cada 3 meses de servicios efectivos. Se consideran como escuelas de ubicación desfavorables a aquellas instaladas o ubicadas fuera de los radios urbanos y suburbanos de las ciudades y comunas de la Provincia.
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-Los servicios docentes prestados en la Antártida se computarán a razón de 2 por cada 1 año de servicios efectivos y por cada año de permanencia en dicho sector se compensará 1 año de edad.
Desde el oficialismo se defendieron y recordaron que los cambios en el régimen jubilatorio datan del gobierno de Rosada Bertone (PJ), cuando se aaceleró una reforma que cambió las reglas jubilatorias. “El paquete de leyes lo propuso Bertone pero lo aprobaron todos los legisladores entre gallos y medianoche, puso una nueva forma de calcular los haberes, sacó el 82% móvil y desató un acampe de todos los gremios”, sostuvieron.
Las modificaciones de 2016 elevaron la cantidad de aportes a 30 años e impusieron una tabla que se va modificando cada año para que en el 2035 los fueguinos, sin diferencia de género, se jubilen con 60 años de edad y 30 de aportes. En tanto que para el cálculo del haber se toman los salarios de los últimos diez años, en lugar de los últimos 24 meses como era previo a 2016. Tres años después, Melella ganó la gobernación con promesas de una nueva reforma y una alianza de fuerzas que incluyó al poderoso gremio docente.