El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela emitió dos nuevas sentencias que devuelven las competencias a la Asamblea Nacional, revirtiendo la decisión previa de asumir las funciones del Parlamento, por parte del Tribunal.
Las sentencias 157 y la 158 del TSJ, modifican los 155 y 156, con los que el Supremo limitaba la inmunidad parlamentaria y asumía las competencias legislativas del Parlamento. La Sentencia 157 sostiene que «se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo».
«Se advierte que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho», amplia.
«La inmunidad parlamentaria sólo ampara (…) los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales (lo que no resulta compatible con la situación actual de desacato en la que se encuentra la Asamblea Nacional)», indicaba la nueva sentencia.