Costa Salguero: Casación confirmó la inconstitucionalidad del megaproyecto inmobiliario de Larreta

Este martes la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires confirmó el fallo previo que había declarado inconstitucional la venta del predio de Costa Salguero, dándole un nuevo revés al proyecto del Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta que buscaba autorizar la construcción de edificios en torre.

El fallo rechazó el recurso interpuesto por el Gobierno porteño contra el fallo del juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario Leonardo Fuchi, quien en abril de este año había dado lugar al amparo presentado por la diputada del Frente de Todos Gabriela Cerruti y la asociación civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y declarado “la inconstitucionalidad de la Ley 6.289 por ser contraria a los artículos 63, 89 incisos 4 y 6, y 90 de la Constitución de la Ciudad”.

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El nuevo fallo firmado por los jueces Fernando Lima y Mariana Díaz remarcó: “Nuestra Constitución es clara en cuanto a la importancia que para ella poseen tal participación ciudadana, el derecho al ambiente y, en particular, el acceso al río. Esta última referencia, tan peculiar en una carta magna, habla a las claras del componente finalista que debe guiar toda interpretación de decisiones que puedan afectar ese acceso”.

La sentencia luego detalla: “Dicho llana y claramente, no se discute aquí si el proyecto es bueno o malo, si es mejor hacer un parque o un complejo de edificios (o todas las opciones intermedias entre ambos extremos). No corresponde al Poder Judicial ingresar en ese tipo de asuntos, ni opinar en abstracto, ni menos aún ´autorizar´ o no determinados avances. Lo que sí corresponde, con tanta prudencia como –llegado el caso- claridad y vehemencia, es hacer respetar los límites establecidos en la propia Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

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Los magistrados añadieron que no puede “dejarse pasar la afirmación de que esta sala estaría avasallando lo ya decidido por la Legislatura, cuando la resolución judicial está planteando “que no se cumplieron los recaudos y pasos específicos para adoptar medidas como la aquí atacadas”. Y concluyeron: “De adoptarse una interpretación como la que propone la Procuración de la Ciudad, la más ínfima mayoría simple bastaría para adoptar decisiones en asuntos que requieren de mayorías agravadas o saltearse los recaudos constitucionalmente previstos, clausurando el acceso a la justicia bajo una errada invocación de la división de poderes que soslaya la consagración de derechos colectivos; especialmente prevista para fortalecer la protección de situaciones jurídicas tales como el ambiente o el derecho a la participación con el alcance contemplado por el constituyente”.

Tras conocerse el fallo, la legisladora porteña del Frente de Todos Claudia Neira manifestó: “Finalmente la Cámara nos dio la razón a lo que veníamos planteando en diferentes instancias desde el Frente de Todos y desde las organizaciones sociales y políticas”.

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