Uso ilegal de cámaras de seguridad: el Gobierno porteño pidió apartar al juez Gallardo

El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires insistió con apartar al juez Roberto Gallardo de la causa en la que suspendió la aplicación del programa de reconocimiento facial para la búsqueda de prófugos de la Justicia.

El apoderado del gobierno, Diego Sebastián Farjat, presentó la apelación contra el fallo de la Cámara que el 23 de mayo pasado rechazó el planteo de recusación contra Gallardo por presunta pérdida de imparcialidad y enemistad manifiesta.

En ese sentido, la administración de Horacio Rodríguez Larreta presentó un “recurso de inconstitucionalidad” por el que pidió que el expediente sea remitido al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño, “a fin de que, oportunamente, se deje sin efecto la decisión recurrida”.

No puede convalidarse la actuación del juez Roberto Gallardo, que una vez más ha excedido notoriamente sus facultades y un apartamiento manifiesto de las reglas del debido proceso”, sostuvo el gobierno de la CABA.

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El gobierno de la Ciudad le atribuye al juez “un manifiesto apartamiento de las normas procesales” y le reprocha que su decisión de suspender el reconocimiento por datos biométricos “escapa a toda lógica jurídica y procesal”.

El hecho se refiere a que Gallardo dictó una medida cautelar a fines de abril pasado  en el que suspendía el programa de reconocimiento facial porque estaba autorizado a buscar a unos 40 mil prófugos pero terminó recabando información sobre unos diez millones de personas.

El magistrado rompió la bilateralidad del proceso y se vuelve un verdadero inquisidor que pretende construir y diseñar prueba. Son estos vicios que acarrean un accionar arbitrario y violatorio de los derechos de defensa en juicio y debido proceso legal adjetivo, que no hacen otra cosa que demostrar la evidente parcialidad del Juzgado para resolver en los presentes obrados”, expresó la administración porteña.

Según el representante del gobierno de la Ciudad, “no hacer lugar a la recusación podría llegar a tensionar la garantía del debido proceso, respecto de la cual la imparcialidad es condición necesaria”.

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