Los bancos podrán embargar las cuentas sueldo para cobrar préstamos

Una disposición del Gobierno nacional, publicada en el Boletín Oficial, permite que los bancos tenga la posibilidad de embargar las cuentas sueldo de los particulares para cobrar deudas de crédito.

De esta forma, las entidades están facultadas para embargar pero sólo un excedente de dinero por encima de tres veces el salario promedio del titular de la cuenta. La medida eliminó la prohibición que existía en la materia.

El texto oficial señala que «se define la inembargabilidad del sueldo, estableciendo que no podrán embargarse de las cuentas sueldo el equivalente a tres veces el salario promedio recibido por el trabajador en los últimos seis meses”. Asimismo, el Banco Central argumenta que “así, se aumenta la calidad crediticia de alrededor de nueve millones de titulares de cuentas sueldo y, por lo tanto, se mejoran sus condiciones de acceso al crédito».

El decreto también regula la posibilidad de hacer operaciones bancarias a distancia (desde cheques electrónicos a contrato de tarjetas sin pisar una sucursal bancaria), habilita a liberalizar el sector de casas de cambio, autoriza nuevas formas de financiamiento UVA y elimina topes de tasa para la garantía de depósitos bancarios, entre otros puntos.

 

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